Para ésto, debera llenar el formulario "Declaración Individual de Accidente" (DIAT), debiendo completar sólo las letras A, B y C de ese formulario y presentar lo siguientes documentos:
- Carnet de Identidad
- Copia del Contrato de Trabajo
- Anexo DIAT para funcionarios públicos
- Tres últimas planillas de pago de cotización INP
2. Recibida la denuncia, la Sucursal u oficina del INP, extenderá la Orden de Atención, que da acceso gratuito a las prestaciones médicas proporcionadas por el Instituto de Normalización Previsional a través de convenios médicos con las siguientes instituciones de salud:
- Red de Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Mutual de Seguridad
- ACHS
- Clínica Astra
- CAPREDENA
- Clínica Los Coihues-
- Hospital Clínico de la Universidad de Chile
Esta declaraciòn se hare efectiva solo con la firma del empleador, en caso contrario, los costos de las prestaciones lo asumira el trabajador.
3. Si el médico tratante establece una Incapacidad Laboral Temporal, le otorgara una licencia médica al trabajador, quien la deberá presentar a su empleador antes de cumplir 48 horas desde ocurrido el accidente, con el fin que éste la curse dentro de un plazo de tres días ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) para su visación.
Nota: En el caso que el empleador no realize la denuncia, podra hacerlo el propio afectado, es desir, el trabajador o quien lo represente hasta dentro de las 24 horas siguientes al accidente.